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ANAM redefine territorio de la Aduana de Subteniente López; comprenderá dos municipios de Quintana Roo

04/09/2026
Informativa Nota

Contexto general

La Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) modificó la circunscripción territorial de la Aduana de Subteniente López, en Quintana Roo, para establecer expresamente que comprenderá los municipios de José María Morelos y Othón P. Blanco, además de mantener bajo su dependencia las secciones aduaneras del Aeropuerto Internacional de Chetumal y de Subteniente López II “Chactemal”.

El Acuerdo fue publicado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 4 de septiembre de 2026 y entrará en vigor el 5 de septiembre. La ANAM señala que el ajuste busca mantener actualizada la distribución territorial de las aduanas y facilitar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la entrada y salida de mercancías del país. :contentReference[oaicite:0]{index=0}

Punto central

La modificación es puntual: reforma exclusivamente la fracción XXX del Artículo Primero del Acuerdo que determina la circunscripción territorial de las aduanas y sus secciones aduaneras.

¿Qué implica una modificación de circunscripción?

La circunscripción territorial determina el ámbito geográfico dentro del cual una aduana ejerce las atribuciones que le corresponden conforme a la legislación aduanera.

Por ello, no se trata simplemente de una modificación de domicilio o denominación. El Acuerdo redefine expresamente qué municipios quedan comprendidos en la circunscripción de la Aduana de Subteniente López.

Municipios comprendidos

Con la modificación, la Aduana de Subteniente López comprenderá expresamente los municipios de:

  • José María Morelos
  • Othón P. Blanco

El ajuste permite identificar con precisión el ámbito territorial sobre el cual esta aduana ejercerá sus atribuciones.

Se mantienen secciones aduaneras bajo su dependencia

El Acuerdo también mantiene bajo la dependencia de la Aduana de Subteniente López las siguientes secciones aduaneras:

  • Aeropuerto Internacional de Chetumal
  • Subteniente López II “Chactemal”

La inclusión expresa de estas secciones permite conservar su vinculación operativa con la Aduana de Subteniente López.

Fundamento legal

La ANAM fundamenta la modificación, entre otras disposiciones, en el artículo 144, fracción I, de la Ley Aduanera, relacionado con las facultades de la Secretaría en materia de establecimiento de aduanas, secciones aduaneras y su circunscripción territorial.

Entrada en vigor

El Acuerdo fue publicado el 4 de septiembre de 2026 y entrará en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 5 de septiembre de 2026.

A partir de esa fecha, la nueva delimitación territorial deberá considerarse para efectos de las operaciones y obligaciones relacionadas con la entrada y salida de mercancías del país dentro del ámbito correspondiente.


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