Contexto general
El Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) publicó el Acuerdo por el que se reforma y adiciona la Clasificación Programática (Tipología General), mediante el cual incorpora la Modalidad X "Funciones para la gobernanza institucional" y redefine el alcance de la Modalidad E "Prestación de Servicios Públicos", con el propósito de mejorar la clasificación del gasto público, fortalecer la trazabilidad de los programas presupuestarios y facilitar la evaluación del desempeño gubernamental. Las modificaciones serán aplicables a partir de la elaboración del Proyecto de Presupuesto de Egresos de 2027.
Punto central
La reforma actualiza uno de los principales instrumentos utilizados por los tres órdenes de gobierno para clasificar los programas presupuestarios.
El cambio más relevante consiste en la creación de una nueva modalidad programática que permitirá distinguir las funciones sustantivas del Estado dirigidas principalmente a otras instituciones públicas o relacionadas con la gobernanza institucional, separándolas de los programas orientados a la prestación directa de servicios a la población.
Con ello, el CONAC busca fortalecer la transparencia, la comparabilidad de la información financiera y la evaluación del gasto público.
Modalidad X "Funciones para la gobernanza institucional"
La principal modificación consiste en incorporar una nueva modalidad programática denominada: X “Funciones para la gobernanza institucional”.
Esta categoría agrupará actividades orientadas al cumplimiento de las responsabilidades sustantivas del Estado que:
- Se dirigen principalmente a otras instituciones públicas
- Implican acciones compartidas entre gobierno y población
- No atienden de forma directa demandas o necesidades específicas de la sociedad
- Fortalecen la gobernanza institucional
El objetivo es diferenciar este tipo de funciones de aquellas relacionadas con la prestación directa de servicios públicos. El acuerdo identifica, de manera enunciativa, diversas funciones que podrán integrarse en esta nueva clasificación. Entre ellas destacan:
- Funciones aduaneras
- Recaudación tributaria
- Catastro
- Funciones registrales
- Control vehicular
- Regulación de mercados
- Administración de panteones
- Preservación del patrimonio documental, histórico y cultural
- Gestión de expropiaciones
- Actividades vinculadas con la producción de energía eléctrica
- Actividades relacionadas con petróleo e hidrocarburos
- Servicios auxiliares asociados a dichas actividades
- Administración del sistema penitenciario
- Inteligencia en materia de seguridad
- Otras funciones gubernamentales de naturaleza similar
La reforma busca que estas actividades dejen de clasificarse como prestación de servicios públicos cuando su naturaleza corresponda a funciones institucionales del Estado.
Modalidad E "Prestación de Servicios Públicos"
El acuerdo también modifica las características generales de la Modalidad E. A partir de esta reforma, únicamente comprenderá actividades mediante las cuales el sector público proporcione de forma regular, continua y directa. Servicios que sean recibidos por la población para satisfacer necesidades colectivas o garantizar derechos fundamentales.
Entre los servicios que permanecerán dentro de esta modalidad se encuentran:
- Educación
- Cultura
- Deporte
- Recreación
- Salud
- Asistencia social
- Transporte público
- Servicios legales
- Trámites
- Servicios básicos
- Seguridad pública y ciudadana
Quedan excluidas de esta modalidad la administración del sistema penitenciario y las actividades de inteligencia en materia de seguridad, que ahora podrán clasificarse dentro de la nueva Modalidad X.
Objetivo de la reforma
El CONAC explica que la actualización responde a la necesidad de:
- Mejorar la claridad en la clasificación del gasto
- Fortalecer la calidad del gasto público
- Facilitar el seguimiento de programas presupuestarios
- Mejorar la evaluación del desempeño
- Fortalecer la rendición de cuentas
- Evitar interpretaciones erróneas sobre el destino de los recursos públicos
Asimismo, señala que la nueva clasificación permitirá reflejar con mayor precisión la naturaleza de las intervenciones gubernamentales y fortalecer la toma de decisiones basada en resultados.
Aplicación para el Presupuesto 2027
El acuerdo establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Será utilizado a partir de la elaboración del Proyecto de Presupuesto de Egresos de 2027.
Además, la información programática correspondiente al ejercicio fiscal en curso continuará presentándose conforme al presupuesto previamente autorizado.
Fuente:
- Diario Oficial de la Federación del 29 de junio de 2026
https://www.dof.gob.mx/index_113.php?year=2026&month=06&day=29#gsc.tab=0