Contexto general
El Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Plan Anual de Trabajo para el ejercicio 2026, así como los Lineamientos aplicables a la distribución, informe de resultados y transparencia del Fondo para la Armonización Contable, instrumentos normativos que establecen la agenda institucional para fortalecer la contabilidad gubernamental y regulan la asignación de recursos federales destinados a mejorar los sistemas de información financiera del sector público en los tres órdenes de gobierno.
Estas disposiciones se emiten en el marco de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) y del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2026, particularmente de su artículo 39, el cual prevé la asignación de subsidios federales orientados a promover la armonización contable mediante el fortalecimiento tecnológico, administrativo y operativo de las áreas responsables de la contabilidad gubernamental en estados, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
Plan Anual de Trabajo del CONAC para 2026
El Plan Anual de Trabajo 2026 establece las principales actividades que desarrollará el Consejo durante el año para avanzar en la consolidación del sistema nacional de contabilidad gubernamental. El programa de actividades contempla la realización de tres sesiones del CONAC durante el ejercicio 2026.
Primera sesión
En la primera sesión del año, marcada en febrero, se prevé:
- La presentación y aprobación del Plan Anual de Trabajo 2026.
- La presentación del Informe Anual 2025 del CONAC al Congreso de la Unión.
- La aprobación de los Lineamientos aplicables a la distribución del Fondo para la Armonización Contable correspondiente al ejercicio fiscal 2026.
Esta sesión constituye el punto de partida para la implementación de las acciones previstas para el ejercicio fiscal.
Segunda sesión
Durante la segunda sesión, prevista para julio, se revisará:
- El avance en la aplicación de los recursos del Fondo para la Armonización Contable por parte de las entidades federativas y municipios.
- La presentación, discusión y eventual aprobación de modificaciones o mejoras a las normas contables emitidas por el CONAC.
Asimismo, se analizarán posibles actualizaciones o nuevas disposiciones normativas que fortalezcan la armonización contable en el sector público.
Tercera sesión
En la última sesión del año, prevista para noviembre, se presentará:
- Un reporte especial sobre la aplicación de los recursos del Fondo para la Armonización Contable.
- La evaluación de avances en materia de armonización contable y la posible actualización de los documentos normativos emitidos por el Consejo.
Lineamientos para la distribución del Fondo para la Armonización Contable 2026
De manera complementaria al Plan Anual, el CONAC publicó los Lineamientos aplicables a la distribución, informe de resultados y transparencia del Fondo para la Armonización Contable para el ejercicio fiscal 2026.
Este instrumento tiene como finalidad establecer las reglas y condiciones para la asignación, ejercicio, seguimiento y evaluación de los recursos federales destinados a fortalecer la armonización contable en los entes públicos de los tres órdenes de gobierno.
El fondo forma parte del Anexo 20 “Provisiones salariales y económicas” del Presupuesto de Egresos de la Federación 2026, y busca impulsar la modernización de las áreas responsables de la contabilidad gubernamental mediante la adquisición de infraestructura tecnológica, el desarrollo de sistemas de información y la capacitación institucional.
Población objetivo del Fondo
Los recursos del fondo podrán beneficiar a entes públicos de los ámbitos estatal, municipal y de la Ciudad de México, incluyendo:
Ámbito estatal
- Sector central del gobierno estatal
- Entidades paraestatales
- Entidades de fiscalización superior local
Ámbito municipal
- Municipios
- Organismos paramunicipales
Ciudad de México
- Sector central
- Sector paraestatal
- Entidad de fiscalización superior local
La ejecución de los recursos se realizará a través de los Poderes Ejecutivos de las entidades federativas, generalmente por conducto de las Secretarías de Finanzas u organismos equivalentes, o bien mediante las Entidades de Fiscalización Superior Local (EFSL).
Distribución de los recursos
Los Lineamientos establecen reglas específicas para la asignación de los recursos del fondo.
En primer lugar, se deberá destinar un monto equivalente al ejercido en 2025 para el fortalecimiento de las Entidades de Fiscalización Superior Local, con el objetivo de mejorar la gestión de la información derivada de las evaluaciones de armonización contable.
Posteriormente, los recursos restantes deberán distribuirse de la siguiente forma:
- Al menos 70% para acciones y proyectos que beneficien a entes públicos municipales
- 30% para proyectos que beneficien a entes públicos estatales
En el caso particular de la Ciudad de México, se aplicará la misma prioridad para fortalecer a la entidad de fiscalización local y el resto de los recursos se distribuirá entre el sector central y el paraestatal.
Asimismo, si alguna entidad federativa no acredita el uso total de los recursos asignados, la Secretaría de Hacienda podrá reasignarlos a otras entidades o municipios que cuenten con proyectos viables para fortalecer la contabilidad gubernamental.
Destino de los recursos
Los recursos del fondo deberán destinarse exclusivamente a acciones y proyectos que contribuyan directamente a la implementación y consolidación de la armonización contable, particularmente en los municipios con mayores rezagos en esta materia.
Entre los conceptos de gasto autorizados se incluyen:
- Adquisición de equipo de cómputo e infraestructura tecnológica, como servidores, estaciones de trabajo y sistemas de almacenamiento.
- Desarrollo, actualización o adecuación de sistemas contables y presupuestarios.
- Compra o renovación de licencias de software y plataformas tecnológicas vinculadas a la gestión financiera pública.
- Servicios de conectividad y telecomunicaciones, incluyendo soluciones en la nube.
- Integración e interoperabilidad de sistemas de información financiera entre órdenes de gobierno.
Estas acciones buscan mejorar la consistencia, trazabilidad y comparabilidad de la información financiera del sector público, uno de los objetivos centrales de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Requisitos para acceder a los recursos
Para solicitar recursos del fondo, las entidades federativas deberán cumplir con diversos requisitos, entre ellos:
- Participar en el Diagnóstico PbR-SED, que evalúa el avance en la implementación del Presupuesto basado en Resultados y del Sistema de Evaluación del Desempeño.
- Presentar un Plan de Trabajo en materia de armonización contable, que incluya acciones y proyectos para el ámbito estatal y municipal.
- Remitir una solicitud formal al Secretario Técnico del CONAC a más tardar el 30 de abril de 2026.
- Suscribir un convenio de colaboración con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Una vez presentada la solicitud, el Secretariado Técnico del CONAC analizará la viabilidad de los proyectos y verificará que el Plan de Trabajo cumpla con los criterios establecidos en los Lineamientos.
Criterios de priorización
La asignación de los recursos se realizará considerando diversos criterios técnicos, entre los que destacan:
Para el ámbito estatal
- Bajo nivel de cumplimiento en la Evaluación de Armonización Contable.
- Bajo o medio avance en la implementación del PbR-SED.
Para el ámbito municipal
- Municipios con alto o muy alto índice de rezago social.
- Bajo cumplimiento en la evaluación de armonización contable.
- Bajo nivel de avance en el Presupuesto basado en Resultados.
- Municipios clasificados como tipo C en el Índice de Madurez Institucional Municipal.
Con ello se busca dirigir los recursos hacia entidades y municipios con mayores áreas de oportunidad en materia de gestión financiera y contabilidad gubernamental.
Informes de resultados y transparencia
Los entes públicos que reciban recursos del fondo deberán reportar periódicamente los avances y resultados derivados de su aplicación, conforme a los formatos y plazos establecidos en los convenios de colaboración correspondientes.
Asimismo, deberán:
- Proporcionar información verificable al CONAC, a las Secretarías de Finanzas estatales y a las Entidades de Fiscalización Superior Local.
- Mantener registros contables, financieros, presupuestarios y administrativos completos de los recursos ejercidos.
- Reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos no utilizados, incluyendo rendimientos financieros.
Estas disposiciones buscan fortalecer la transparencia, control y rendición de cuentas en el uso de recursos federales destinados a la armonización contable.
Fuente:
- Diario Oficial de la Federación del 9 de marzo de 2026
https://www.dof.gob.mx/index_111.php?year=2026&month=03&day=09