Contexto general
El 16 de enero de 2026, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo 8/2026, mediante el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, correspondientes al periodo comprendido del 17 al 23 de enero de 2026.
El Acuerdo se emite con fundamento en el Decreto por el que se establecen estímulos fiscales a la enajenación de combustibles en la frontera sur de los Estados Unidos Mexicanos, publicado el 28 de diciembre de 2020 y sus posteriores modificaciones.
Alcance territorial del estímulo
Los estímulos fiscales resultan aplicables exclusivamente en municipios fronterizos con Guatemala, ubicados en los estados de Campeche, Tabasco y Chiapas, conforme a una clasificación por zonas, con montos específicos por tipo de gasolina.
Montos del estímulo por zona y municipio
De acuerdo con el Acuerdo 8/2026, los estímulos por litro aplicables son los siguientes:
Zona I – Campeche
Municipios: Calakmul y Candelaria
- Gasolina menor a 91 octanos: $1.880
- Gasolina mayor o igual a 91 octanos: $2.105
Zona II – Tabasco
Municipios: Balancán y Tenosique
- Gasolina menor a 91 octanos: $1.312
- Gasolina mayor o igual a 91 octanos: $1.379
Zona III – Chiapas
Municipios: Ocosingo y Palenque
- Gasolina menor a 91 octanos: $1.716
- Gasolina mayor o igual a 91 octanos: $1.745
Zona IV – Chiapas
Municipios: Marqués de Comillas y Benemérito de las Américas
- Gasolina menor a 91 octanos: $1.836
- Gasolina mayor o igual a 91 octanos: $1.904
Zona V – Chiapas
Municipios: Amatenango de la Frontera, Frontera Comalapa, La Trinitaria, Maravilla Tenejapa y Las Margaritas
- Gasolina menor a 91 octanos: $2.549
- Gasolina mayor o igual a 91 octanos: $2.306
Zona VI – Chiapas
Municipios: Suchiate, Frontera Hidalgo, Metapa, Tuxtla Chico, Unión Juárez, Cacahoatán, Tapachula, Motozintla y Mazapa de Madero
- Gasolina menor a 91 octanos: $1.504
- Gasolina mayor o igual a 91 octanos: $1.167
Entrada en vigor
El Acuerdo entra en vigor el día siguiente a su publicación en el DOF, por lo que los estímulos señalados resultan aplicables a partir del 17 de enero de 2026.
Fuente:
- ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, correspondientes al periodo que se especifica
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5778362&fecha=16/01/2026