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Reforma al juicio contencioso administrativo obliga al TFJA a resolver promociones en máximo cinco días

15/06/2026
Informativa Nota

Contexto general

El Gobierno federal publicó la reforma a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA) que modifica reglas procesales, fortalece la justicia digital, amplía los supuestos de la vía sumaria y establece nuevos plazos obligatorios para la actuación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). La reforma fue publicada el 9 de junio de 2026 en el Diario Oficial de la Federación y entrará en vigor de manera escalonada.

No se trata sólo de lenguaje inclusivo

Aunque una de las modificaciones más visibles es la incorporación sistemática de términos como "persona demandante", "persona perita" y "persona tercera", los cambios van mucho más allá de una adecuación de lenguaje.

La reforma introduce modificaciones de fondo que impactan directamente los tiempos procesales, la tramitación de juicios, las sanciones por litigios frívolos y el funcionamiento digital del Tribunal.

Tribunal tendrá plazo máximo para emitir acuerdos

Uno de los cambios más relevantes consiste en que toda promoción presentada ante el Tribunal deberá ser acordada o resuelta en un plazo máximo de cinco días.

Hasta ahora, los tiempos para emitir acuerdos dependían en gran medida de la carga de trabajo de cada Sala, lo que generaba diferencias significativas entre procedimientos.

La nueva disposición busca establecer un estándar uniforme de celeridad procesal en todo el país.

Adiós al Código Federal de Procedimientos Civiles

La reforma también actualiza el marco supletorio aplicable a los juicios administrativos. A partir de ahora, la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo recurrirá de manera supletoria al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, sustituyendo al antiguo Código Federal de Procedimientos Civiles.

Se consolida un modelo híbrido de justicia digital

Otra modificación relevante permite que, aun cuando la persona demandante elija tramitar el juicio por la vía tradicional, las autoridades y terceros interesados puedan comparecer electrónicamente. Bajo este esquema híbrido, las promociones digitales serán incorporadas por las Salas al expediente físico correspondiente.

La medida busca acelerar procedimientos y ampliar el uso de herramientas tecnológicas dentro del Tribunal.

Magistrados deberán reconducir juicios

La reforma también reduce riesgos procesales para los litigantes.

Cuando una demanda sea presentada en una vía incorrecta, el juzgador ya no podrá desecharla por ese motivo. En su lugar, estará obligado a reconducir el asunto hacia la vía procedente.

El objetivo es privilegiar el análisis de fondo de las controversias por encima de formalismos procesales.

Amplían los casos que podrán tramitarse por vía sumaria

Las modificaciones incorporan un nuevo supuesto para la tramitación de juicios sumarios. A partir de la entrada en vigor de la reforma, podrán resolverse mediante esta vía los litigios relacionados con resoluciones fiscales que nieguen devoluciones de contribuciones, incluyendo saldos a favor y pagos de lo indebido.

Juicios sumarios deberán resolverse en seis meses

La reforma establece además un plazo máximo improrrogable de seis meses para la resolución definitiva de los juicios sumarios. La medida busca reducir rezagos y otorgar mayor certidumbre a los contribuyentes y particulares que acuden al Tribunal.

Endurecen sanciones por litigios frívolos

Otro de los cambios relevantes fortalece las facultades disciplinarias de los magistrados. Las personas particulares, abogados o representantes que promuevan demandas, recursos o promociones notoriamente frívolas o improcedentes podrán ser sancionados con multas que van de 100 a 1,500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

La disposición busca inhibir estrategias dilatorias y reducir la carga procesal derivada de litigios sin sustento jurídico.

Entrada en vigor será gradual

Aunque la mayor parte de la reforma entrará en vigor el 10 de junio de 2026, el decreto establece un periodo de transición para algunas de las disposiciones más exigentes para el Tribunal.

Los artículos relacionados con los nuevos plazos obligatorios para dictar acuerdos, admisiones y sentencias comenzarán a aplicarse 240 días naturales después de la publicación del decreto.

El objetivo es permitir que el TFJA realice las adecuaciones operativas, tecnológicas y administrativas necesarias para cumplir con las nuevas obligaciones.


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