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SAT precisa alcance de la revocación de donatarias autorizadas y condiciones para mantener el beneficio fiscal

25/03/2026
Informativa Nota

Contexto general

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó el alcance de la revocación de autorizaciones a donatarias, así como las condiciones normativas aplicables para conservar dicho estatus, en relación con información difundida en medios de comunicación.

Naturaleza de las donatarias autorizadas

El SAT señaló que las donatarias autorizadas son organizaciones civiles o fideicomisos que cuentan con autorización para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta (ISR), lo que permite a las personas donantes disminuir su carga tributaria.

Asimismo, indicó que dichas entidades deben destinar los recursos obtenidos a los fines autorizados por la Ley del ISR, siendo obligación de la autoridad fiscal verificar el cumplimiento de estos requisitos.

Requisitos para la autorización

La autoridad precisó que la autorización como donataria constituye un requisito indispensable para que estas organizaciones tributen como personas morales con fines no lucrativos, conforme al Título III de la Ley del ISR, lo que implica que no están sujetas al pago de dicho impuesto.

Para obtener la autorización, se requiere:

  • Escritura constitutiva cuyo objeto social se ajuste a lo previsto en la ley
  • Documento emitido por una institución gubernamental que acredite la realización de las actividades autorizadas

Revocación de autorizaciones

El SAT informó que durante 2025 se revocaron 270 donatarias, de un padrón superior a 10 mil organizaciones, debido al incumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa aplicable.

La autoridad señaló que en todos los casos se otorgó derecho de audiencia, conforme al procedimiento previsto en el artículo 82-Quater de la Ley del ISR, por lo que la revocación se determinó una vez que las organizaciones no cumplieron o no subsanaron las observaciones dentro del plazo legal.

Supuestos específicos de incumplimiento

De acuerdo con la información difundida, algunas organizaciones fueron revocadas por no presentar documentación que acreditara que las actividades realizadas correspondían al rubro autorizado, en particular en materia de investigación científica.

Posibilidad de nueva autorización

El SAT indicó que la acreditación de actividades constituye un requisito previsto en disposiciones fiscales; sin embargo, el tipo de documento depende de la legislación aplicable, como la normativa en materia de ciencia.

En este sentido, las organizaciones que cumplan con los requisitos correspondientes pueden solicitar nuevamente la autorización como donatarias.

Publicidad y transparencia

La autoridad precisó que la lista de donatarias cuya autorización es revocada se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en el portal institucional del SAT, con el objetivo de brindar certeza a los donantes y garantizar la transparencia en el uso de los recursos deducibles.

Alcance de la medida

El SAT reiteró que las revocaciones forman parte de un procedimiento que permite a las organizaciones regularizar su situación, y que únicamente se revoca la autorización a aquellas que no cumplen con la normativa vigente.

En este contexto, la autoridad señaló que estas acciones buscan fortalecer un sistema tributario más transparente y promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.


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