Contexto general
En la Edición Vespertina del Diario Oficial de la Federación del 3 de marzo se publicó el Decreto por el que se reforman las fracciones IV y XI del Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante el cual se establece la reducción gradual de la jornada laboral hasta alcanzar 40 horas semanales.
La reforma fue aprobada por el Congreso de la Unión y ratificada por la mayoría de las legislaturas estatales, conforme al procedimiento previsto en el artículo 135 constitucional.
Nuevo límite constitucional de jornada laboral
La reforma establece que la jornada laboral será de cuarenta horas semanales, en los términos que determine la legislación secundaria.
Asimismo, se mantiene el principio de descanso obligatorio:
- Por cada seis días de trabajo deberá otorgarse al menos un día de descanso con goce de salario íntegro
Esta modificación constituye uno de los cambios estructurales más relevantes en el régimen laboral mexicano de las últimas décadas.
Regulación del trabajo extraordinario
El decreto también modifica la fracción XI del Apartado A del artículo 123 constitucional para precisar las reglas del trabajo extraordinario.
Entre los principales aspectos destacan:
- El trabajo extraordinario deberá pagarse con 100% adicional sobre el salario ordinario
- No podrá exceder de 12 horas por semana
- Podrá distribuirse en hasta cuatro horas diarias durante un máximo de cuatro días
En caso de exceder dichos límites, el empleador deberá pagar 200% adicional sobre el salario correspondiente a las horas ordinarias. Adicionalmente, se establece que las personas menores de 18 años no podrán realizar trabajo extraordinario.
Implementación gradual de la reforma
El régimen transitorio prevé una implementación progresiva de la reducción de la jornada laboral, conforme al siguiente calendario:
| Año | Jornada laboral máxima |
|---|---|
| 2026 | 48 horas |
| 2027 | 46 horas |
| 2028 | 44 horas |
| 2029 | 42 horas |
| 2030 | 40 horas |
Ajustes legislativos pendientes
El decreto establece que el Congreso de la Unión deberá realizar las reformas a la legislación secundaria dentro de los 90 días posteriores a la publicación del decreto.
Entre las normas que previsiblemente deberán ajustarse se encuentran:
- Ley Federal del Trabajo
- Disposiciones sobre jornadas y descansos
- Normas sobre pago de horas extraordinarias
Protección de condiciones laborales
El régimen transitorio también establece un principio relevante:
- La reducción de la jornada laboral no podrá implicar disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras
Implicaciones para empresas y mercado laboral
La reforma tendrá impacto relevante en diversos ámbitos:
- Planeación de jornadas laborales
- Costos operativos en sectores intensivos en mano de obra
- Reorganización de turnos y esquemas de productividad
- Posibles ajustes en contratación o automatización de procesos
En particular, sectores como manufactura, comercio, servicios y logística podrían enfrentar retos operativos durante el proceso de transición.
Consideraciones prácticas
Ante la entrada en vigor de la reforma, las empresas deberán comenzar a evaluar:
- Ajustes en esquemas de turnos
- Impacto en contratos colectivos de trabajo
- Revisión de políticas de horas extraordinarias
- Evaluación de productividad laboral
- Preparación para reformas a la legislación secundaria
Fuente:
- Edición vespertina del Diario Oficial de la Federación del 3 de marzo de 2026
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5781417&fecha=03/03/2026