Contexto general
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) publicó dos acuerdos mediante los cuales, por una parte, formalizó la suspensión de plazos y términos procesales del 11 de junio de 2026 en las sedes de la Ciudad de México, Jalisco y Nuevo León con motivo de eventos masivos y, por otra, suspendió las actividades jurisdiccionales en la Sala Regional en Tabasco y Auxiliar el 15 de junio de 2026, derivado de la presencia de personas armadas dentro de sus instalaciones.
Primer acuerdo
La Junta de Gobierno y Administración del TFJA aprobó el Acuerdo G/JGA/66/2026, denominado “Suspensión de plazos y términos procesales, el día 11 de junio de 2026, en las Salas Regionales y áreas administrativas, con sede en la Ciudad de México, Jalisco y Nuevo León, así como posibilidad de modificaciones al horario laboral, con motivo de eventos masivos”.
El acuerdo fue aprobado en sesión ordinaria celebrada el 9 de junio de 2026 por unanimidad de cinco votos con entrada en vigor el mismo día de su aprobación.
Suspensión por eventos masivos
El TFJA determinó que el 11 de junio de 2026:
- No correrían plazos
- No correrían términos procesales
- La medida aplicaría a áreas administrativas y jurisdiccionales
Las sedes comprendidas fueron:
- Ciudad de México
- Jalisco
- Nuevo León
El propio acuerdo precisa que su publicación en el Diario Oficial de la Federación tiene efectos de publicidad y máxima difusión, sin que la temporalidad de dicha publicación afecte la validez, eficacia o exigibilidad de la suspensión decretada.
Segundo acuerdo
El TFJA también publicó la suspensión de actividades jurisdiccionales en la Sala Regional en Tabasco y Auxiliar, identificada como SRT/04/2026. La medida fue emitida en Villahermosa, Tabasco, el 15 de junio de 2026.
El acuerdo señala que dentro de las instalaciones del Tribunal se encontraban personas armadas, respecto de las cuales se desconocía:
- Su identidad
- La institución a la que pertenecían
- El motivo de su presencia
- Las funciones que desempeñaban
- Las razones por las cuales portaban armamento dentro de un inmueble destinado a la impartición de justicia
Elemento relevante
El documento precisa que el Magistrado Ricardo León Caraveo, titular de la Segunda Ponencia de la Sala Regional en Tabasco y Auxiliar, dio acceso y autorizó la permanencia de dichas personas armadas dentro de las instalaciones.
Con base en el acta administrativa de hechos levantada ese mismo día, se acordó suspender las actividades jurisdiccionales de la Sala Regional.
Efecto procesal de la suspensión en Tabasco
La suspensión aplicó únicamente el 15 de junio de 2026. Durante esa fecha:
- No corrieron términos
- No corrieron plazos procesales
- Se interrumpió el cómputo previsto en la normatividad aplicable al procedimiento administrativo federal
Fuente:
- Diario Oficial de la Federación del 23 de junio de 2026
https://www.dof.gob.mx/index_113.php?year=2026&month=06&day=23#gsc.tab=0